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Existen situaciones de divorcio en las que las partes no están de acuerdo ni en la decisión de romper su vínculo matrimonial ni en los puntos que deben regir la vida posterior al matrimonio.
El divorcio contencioso o sin mutuo acuerdo es, como su nombre lo indica, aquel tipo de divorcio que empieza a tramitarse sin el consentimiento de uno de los cónyuges no accede a llevarlo a cabo.
Este tipo de divorcio sólo es posible llevarse a cabo ante un juez de familia, debiendo presentarse la demanda pertinente además de probar la justa causa para que la autoridad judicial lo apruebe.
El divorcio se tramitará de acuerdo al Código General del Proceso como un proceso declarativo verbal de carácter especial
Es necesario tener en cuenta que este proceso no es corto, como lo suele ser el divorcio exprés, sino que se da bajo las condiciones y reglamentos de los juzgados colombianos.

En el caso de que nos hallemos ante un matrimonio con hijos el tema puede ser más delicado y la necesidad de concretar cuál de los dos cónyuges mantendrá la guarda y custodia de los hijos será uno de los temas más importantes